Glosario Anti Fraude

Abuso: El agente encubierto es un investigador que simula interesarse en realizar una transacción irregular, para conocer la operatoria inapropiada y reportar sobre ella.

Agente encubierto: El agente encubierto es un investigador que simula interesarse en realizar una transacción irregular, para conocer la operatoria inapropiada y reportar sobre ella.

Apropiación indebida de activos: Apropiarse indebidamente de activos significa sustraerlos, definitiva o transitoriamente, de sus legìtimos propietarios en provecho propio, generalmente abusando de una posición de confianza.

Ardid: El ardid es una o más manifestaciones engañosas que se realizan con el fin de beneficiarse indebidamente y perjudicar a otro.

Beneficios indebidos: Los beneficios indebidos son los que se reciben de una contraparte de negocios, que pudieran afectar la lealtad del funcionario que los acepta hacia su propia organización.

Código de Conducta: El Código de Conducta es un documento, complementario de las normas legales y regulatorias, que establece las conductas que se espera que sigan los miembros de la organización y las que se desea que eviten.

Conflicto de intereses: Es una situación en la cual un empleado debe actuar o decidir en nombre de su organización, teniendo un interés contrario a la misma y sin haberlo revelado previamente.

Control interno: Es el conjunto de medidas y acciones tendientes a preservar el patrimonio y buen funcionamiento de la organización, así como el cumplimiento de normas legales y regulatorias.

Corrupción: Es el conjunto de conductas por las cuales una o más personas facultadas para defender el interés de una organización, traicionan ese mandato y operan fraudulmentamente en provecho propio.

Crimen organizado: Es el accionar delincuencial estructurado de forma sistemática, con división de labores y de manera semejante al de las empresas legales.

Cumplimiento: Es la adhesión a normas legales y regulatorias en vigor en la o las jurisdicciones en que opera la organización.

Daño: Es el perjuicio derivado de fraudes, delitos u otras acciones que perjudican a una organización.

Declaraciones fraudulentas: Es la manifestación de falsedades, el ocultamiento de hechos reales o la presentaciòn engañosa de información con el fin de obtener de ello un beneficio espurio.

Denunciante: Es la persona que voluntariamente provee informaciòn sobre hechos que presume irregulares y de los que ha tomado conocimiento directo o indirecto.

Denuncia anónima: Es la información que se recolecta de una o más personas que no desean revelar su identidad.

Denuncia bajo identidad protegida: Son los datos de personas que, dándose a conocer, manifiestan que no están dispuestas a ratificar sus dichos en una instancia ulterior, como por ejemplo, en sede judicial.

Dolo: Es la voluntad deliberada de cometer un delito o acto irregular, sabiendo de su ilicitud.

Ética: Es el conjunto de normas morales que rigen la conducta de la persona en cualquier ámbito de la vida.

Fraude: Es el acto de realizar manifestaciones falsas a una persona, grupo de personas u organización, con el propósito de obtener un rédito para sí o para terceros.

Lavado de activos o legitimación de capitales: Es el mecanismo para dar apariencia legal y legítima a fondos de origen delictivo o espurio.

Ley Sarbanes Oxley: Es una ley estadounidense del año 2001 para proteger la confianza del público inversor que, entre otras disposiciones, establece provisiones para la protecciòn de de denunciantes.

Línea de denuncias: Es un mecanismo de comunicación privado y confidencial que establecen las organizaciones para que su personal y contrapartes de negocios puedan aportar información sobre conductas que se consideran apartadas del recto manejo de los negocios.

Línea ética digital: Es el tipo de denuncias en la cual la información se ingresa en formato magnético o electrónico desde el inicio, sin necesidad de transcripción ni vuelco de datos.

Monitoreo de operaciones: Es el conjunto de procedimientos llevado a cabo por la organización para identificar tansacciones sospechosas o presuntamente irregulares.

Prevención de fraudes Es el conjunto de acciones que emprenden las organizaciones para evitar ser victimizadas por fraudes.

Privacidad o confidencialidad de la información: Son las garantías de que disponen las personas para saber que sus informaciones y datos no serán indebidamente divulgados a personas que pudieran causarles un daño.

Programa antifraude: Es el conjunto de medidas articuladas para reducir la probabilidad e impacto de acciones fraudulentas.

Represalia: Son el conjunto de acciones que pueden tomar los defraudadores cuando toman conocimiento de que han sido denunciados, principalmente para disuadir o evitar su testimonio en instancias ulteriores, como la judicial.

RGPD: Es el Reglamento General de Protección de Denunciantes promulgado por la Unión Europea para regular el tratamiento de datos personales.

Transparencia: Es la condición que permite que algo sea visualizado con nitidez y sin interferencias que lo obstaculicen o distosionen.

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